Cómo calcular el finiquito en Chile, paso a paso
El finiquito no es un monto fijo: lo que te corresponde depende de por qué terminó el contrato (la causal), de cuánto tiempo trabajaste y de cuál era tu remuneración mensual. En esta guía verás qué conceptos se pagan en cada caso y cómo se calcula cada uno, con un ejemplo completo.
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Usar la calculadora gratis1. Qué es el finiquito y cuándo se paga
El finiquito es el documento con que el empleador y el trabajador ponen término a la relación laboral y dejan constancia de los montos que se pagan. Según el artículo 177 del Código del Trabajo, el empleador debe otorgarlo y poner el pago a disposición del trabajador dentro de los 10 días hábiles siguientes a la separación.
Para que tenga valor, el finiquito debe firmarse ante un ministro de fe (por ejemplo, un notario o un inspector del trabajo) o a través del finiquito electrónico de la Dirección del Trabajo.
2. Qué se paga según la causal
Este es el punto que más cambia el resultado. Las vacaciones se pagan siempre; las indemnizaciones, solo en algunas causales.
| Causal | Años de servicio | Aviso previo | Indemnización 2,5 días | Vacaciones |
|---|---|---|---|---|
| Necesidades de la empresa (Art. 161) | Sí, desde 1 año | Sí, si no se avisó con 30 días | Solo si el contrato o convenio la establece | Sí |
| Desahucio del empleador (Art. 161 inc. 2) | Sí, desde 1 año | Sí, si no se avisó con 30 días | No | Sí |
| Liquidación de la empresa (Art. 163 bis) | Sí, desde 1 año | Sí | No | Sí |
| Conclusión de la obra o faena (Art. 159 N°5) | No | No | Sí, por ley, desde 1 mes | Sí |
| Vencimiento del plazo (Art. 159 N°4) | No | No | Solo si el contrato o convenio la establece | Sí |
| Renuncia, mutuo acuerdo, muerte, fuerza mayor (Art. 159) | No | No | No | Sí |
| Despido disciplinario (Art. 160) | No | No | No | Sí |
La indemnización de 2,5 días por mes es obligatoria por ley solo en la conclusión de obra o faena. En otras causales, como necesidades de la empresa o vencimiento del plazo, es un beneficio que algunas empresas pactan en el contrato o en el convenio colectivo, habitual en faenas mineras y de construcción. Si no está pactada, no corresponde.
A esto se suma siempre la remuneración de los días trabajados del último mes que no se haya pagado, y la gratificación proporcional si en tu empresa se paga una vez al año.
3. La base: tu remuneración mensual
Las indemnizaciones se calculan sobre la última remuneración mensual (Art. 172). En la práctica, usa los montos de un mes completo:
- Sí entran: sueldo base, gratificación mensual y bonos fijos que se pagan todos los meses.
- También entran, según el criterio actual de la Corte Suprema: asignaciones de colación, movilización o viático cuando se pagan todos los meses por un monto regular.
- No entran: horas extra, aguinaldos, bonos trimestrales o anuales y otros pagos esporádicos.
Para las indemnizaciones existe un tope de 90 UF mensuales: si tu remuneración es mayor, se calcula con 90 UF.
4. Cómo se calcula cada concepto
Indemnización por años de servicio
Corresponde a 30 días de remuneración por cada año trabajado, es decir, una remuneración mensual por año. Reglas clave:
- Necesitas al menos 1 año de contrato.
- Una fracción de más de 6 meses cuenta como un año completo.
- El máximo es de 11 años (para contratos que comenzaron después del 14 de agosto de 1981).
Indemnización sustitutiva del aviso previo
Si el empleador no te avisó por escrito con 30 días de anticipación, debe pagarte un mes de remuneración adicional.
Indemnización por obra o faena
Si tu contrato era por obra o faena y terminó al concluir el trabajo (Art. 159 N°5), te corresponden 2,5 días de remuneración por cada mes trabajado. Una fracción de mes de más de 15 días cuenta como un mes completo. Rige para contratos de un mes o más, firmados desde el 1 de enero de 2019.
Vacaciones proporcionales o pendientes
Por cada mes trabajado acumulas 1,25 días hábiles de vacaciones (15 días al año). Al terminar el contrato se pagan los días acumulados que no tomaste:
- Calcula los días hábiles acumulados: meses trabajados × 1,25, más la proporción de los días sueltos.
- Resta los días de vacaciones que ya tomaste.
- Convierte esos días hábiles en días corridos: se cuentan desde el día siguiente al término, y se suman los sábados, domingos y feriados que caigan en medio. Por eso el número de días pagados siempre es mayor que el de días hábiles.
- Multiplica por el valor de un día: (sueldo base + bonos fijos) ÷ 30. La gratificación no se incluye.
Descuento del seguro de cesantía
Si te pagan indemnización por años de servicio (Art. 161) o por obra o faena, el empleador puede descontar lo que aportó a tu cuenta del seguro de cesantía. El monto exacto aparece en un certificado de la AFC, y puede ser bastante: en casos reales llega a un 30% de la indemnización.
5. Ejemplo completo
Una trabajadora de oficina ingresó el 1 de marzo de 2023 y la despidieron por necesidades de la empresa el 30 de septiembre de 2026, sin aviso previo. Ganaba $900.000 de sueldo base más $219.115 de gratificación mensual, y durante el contrato tomó 30 días de vacaciones.
- Antigüedad: 3 años, 6 meses y 29 días. Como la fracción supera los 6 meses, se cuentan 4 años.
- Remuneración mensual: $900.000 + $219.115 = $1.119.115 (bajo el tope de 90 UF).
- Vacaciones: 53,71 días hábiles acumulados − 30 tomados = 23,71 días hábiles. Contando fines de semana y feriados desde el 1 de octubre, son 34,71 días corridos, a $30.000 por día ($900.000 ÷ 30).
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Años de servicio | 4 × $1.119.115 | $4.476.460 |
| Aviso previo | 1 × $1.119.115 | $1.119.115 |
| Vacaciones | 34,71 días × $30.000 | $1.041.300 |
| Total antes del seguro de cesantía | $6.636.875 |
A ese total habría que restarle el aporte del empleador al seguro de cesantía según el certificado de la AFC, y sumarle la remuneración de los días trabajados del último mes si aún no se pagó.
6. Errores comunes al calcular un finiquito
- Usar el sueldo líquido. La base es la remuneración bruta, no lo que recibes después de descuentos.
- Sumar horas extra o bonos esporádicos a la base de las indemnizaciones.
- Olvidar la regla de los 6 meses, que puede sumar un año completo de indemnización.
- Pagar las vacaciones en días hábiles en vez de días corridos.
- Usar el mes de término incompleto como base: si el último mes trabajaste pocos días, la base sigue siendo la remuneración de un mes completo.
Calcula tu finiquito con todas estas reglas en un minuto.
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